A partir del 1° de enero de 2026, mediante Resolución exenta N°26, de la Superintendencia de Pensiones, de fecha 9 de enero de 2026, se estableció que el límite máximo imponible mensual para calcular las cotizaciones del Seguro de Cesantía es de 135,1 Unidades de Fomento (UF).
Sin embargo, a contar del 1 de febrero de 2026, el límite máximo imponible es de 135,2 unidades de fomento. Lo anterior debido a que la resolución N°236, de 2026, de la misma Superintendencia de Pensiones, deja sin efecto a contar del 1 de febrero de 2026 la Resolución exenta N°26.
(Ver: Resolución exenta Nº26, de 09.01.2026 y Resolución exenta N°236, de 2026, ambas de la Superintendencia de Pensiones)
Última modificación: 25/02/2026