Sí, la Ley de Inclusión Laboral no determina cuantas horas semanales debe de trabajar una persona con discapacidad y/o asignataria de pensión de invalidez, por lo que se cumple con dicha Ley en la medida que se pacte una jornada que dé lugar a un vínculo laboral.
Dictamen ORD. Nº 6245/47, de 12.12.2018.
http://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/articles-116231_recurso_1.pdf
ORD. N°3124, de 09.07.2018.
http://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-115579.html
Última modificación: 29/12/2023