No. No se ajusta a derecho la publicación de ofertas de empleo dirigidas en forma exclusiva a personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez.
Con todo, no existe inconveniente para que la publicación de la oferta de trabajo se haga en el marco o en referencia de la Ley de Inclusión Laboral, que "Incentiva la Inclusión de Personas con Discapacidad al Mundo Laboral".
Última modificación: 03/01/2025