Sólo en la mediana empresa, y, en este caso, sólo como información específica para la negociación colectiva, es decir dentro del plazo de los 90 días previos al término del instrumento vigente o en cualquier oportunidad en caso de no existir instrumento colectivo vigente. En los otros dos tipos de empresa no se encuentra establecido el derecho.
Última modificación: 09/04/2018