Es el derecho que tienen los sindicatos de empresa a que esta les entregue, sin que les sea necesario solicitarlo, determinado tipo de información de acuerdo al período en que esta sea generado por la empresa. La información a entregar dependerá del tamaño de la empresa, como se advierte en el siguiente cuadro:
Tamaño de la empresa | Información que debe entregar | Plazo de entrega |
Gran empresa |
|
Anual, dentro de treinta días contados desde que estos documentos se encuentren disponibles, en el caso de los 3 primeros, en el caso del último será de manera anual dentro de los 30 días contados desde que fue puesta a disposición de esa Superintendencia. |
Micro, pequeña y mediana empresa | La que dé cuenta de sus ingresos o egresos, según el régimen tributario al cual se encuentren acogidas. Es decir, depende de si la empresa informante se encuentra obligada a llevar contabilidad completa o simplificada. | Anual, dentro de los treinta días siguientes a la declaración anual de impuesto a la renta que efectúe la empresa. |
Última modificación: 09/04/2018