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TRABAJADOR/A CASA PARTICULAR, CONTRATO, FUNCIONES
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¿Se debe indicar en el contrato si las labores incluyen la asistencia de personas que requieran atención o cuidados especiales?

Sí. Todo contrato o anexo, deberá indicar específicamente, si entre las tareas para las que ha sido contratado el trabajador o trabajadora, fue voluntad de las partes incluir el cuidado o asistencia a personas que requieran atenciones especiales, tales como ancianos, enfermos, u otros.

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El contrato de trabajo o anexo al contrato, deberá indicar específicamente, si entre las tareas para las que ha sido contratado el trabajador o trabajadora de casa particular, fue voluntad de las partes incluir el cuidado o asistencia a personas que requieran atenciones especiales, tales como ancianos, enfermos, u otros. Lo anterior, según lo establecido en la parte final del artículo 146 bis del Código del Trabajo.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 146 bis; Dictamen 4268/068, de 30/10/2014; Ordinario 4361, de 24/08/2016)

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Última modificación: 07/10/2021

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