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FERIADO, PERMISOS
FERIADO, PERMISOS

¿Existe derecho a permiso para que los(as) trabajadores(as) puedan concurrir a realizarse exámenes médicos durante la jornada y/o vacunarse?

Las trabajadoras y trabajadores cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días, tendrán derecho a medio día de permiso, una vez al año durante la vigencia del contrato de trabajo para someterse a exámenes de mamografía y próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, tales como el examen de papanicolau, en las instituciones de salud públicas o privadas que corresponda. En el caso de los contratos celebrados por un plazo fijo, o para la realización de una obra o faena determinada, este derecho podrá ejercerse a partir de los treinta días de celebrado el contrato de trabajo, y en cualquier momento durante la vigencia de éste. Además, en los casos de programas o campañas públicas de inmunización a través de vacunas u otros medios, para el control y prevención de enfermedades transmisibles, todo trabajador o toda trabajadora que se encuentre dentro de la población objetivo de dichas campañas tendrá derecho a medio día de permiso laboral para su vacunación.

FERIADO, PERMISOS
FERIADO, PERMISOS
Las trabajadoras y los trabajadores cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días, tendrán derecho a medio día de permiso, una vez al año, durante la vigencia de la relación laboral, para someterse a los exámenes de mamografía y próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, tales como el examen de papanicolau, en las instituciones de salud públicas o privadas que corresponda. Para hacer uso de ellos, debe darse aviso al empleador con una semana de anticipación a la fecha de su realización y, deberán presentar con posterioridad a éstos, los comprobantes que acrediten que se los realizaron en la fecha estipulada.Estos permisos son considerados como trabajados para todos los efectos, por lo cual, el/la trabajador/a mantienen su derecho a remuneración.
Por otra parte, en los casos de programas o campañas públicas de inmunización a través de vacunas u otros medios, para el control y prevención de enfermedades transmisibles, todo trabajador o toda trabajadora que se encuentre dentro de la población objetivo de dichas campañas tendrá derecho a medio día de permiso laboral para su vacunación. Estos permisos son considerados como trabajados para todos los efectos por lo cual, el/la trabajador/a mantienen su derecho a remuneración. A este derecho le serán aplicables las reglas anteriormente señaladas, salvo que el aviso al empleador deberá darse con al menos dos días de anticipación.
Se debe tener presente que estos permisos no pueden ser compensados en dinero, ni durante ni al término de la relación laboral, entendiéndose por no escrita cualquier estipulación en contrario. Finalmente, en el caso de los trabajadores afectos a un instrumento colectivo que contemple un permiso semejante, se entenderá cumplida la obligación legal por parte del empleador.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 66 bis y 66 ter)
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Última modificación: 22/07/2024

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