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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°1536

Materias únicas: Trabajador embarcado
Fecha: 30-abr-2020

1) La Dirección del Trabajo ha dado cabal cumplimiento a su labor de velar por el cumplimiento de la normativa laboral en lo que refiere a la obligación que recae sobre el empleador de proporcionar alimentación al personal embarcado y tomar las medidas necesarias para proteger adecuadamente la salud de los tripulantes. 2) Niega lugar a la reconsideración de la doctrina contenida en dictámenes Nºs 5413/99, de 21.12.2010, Nº4022/57, de 09.10.09 y 1672/25 de 14.04.2011, referida a los trabajadores que laboran como cocineros a bordo de naves de la marina mercante nacional, y a su vez, que se mantenga vigente, la jurisprudencia anterior sobre la materia establecida en dictámenes Nºs.3461/61 de 03.08.2006, 4147/81 de 21.09.2006 y 2764/43 de 13.07.2009.

Documentos relacionados dictamen 3461/61 de 03.08.2006 (6)

Ordinarios

ORD. N°22

Fecha: 05/01/2012

Trabajadores embarcados; Naves Mercantes; Obligación de Proporcionar alimentos a los trabajadores;

Dictámenes

ORD. Nº5413/99

Fecha: 21/12/2010

Remolcadores. Dotación comercial. Cocineros. Remolcadores. Labores Bahía. Alimentación. Modalidades.

Dictámenes

ORD. Nº4022/57

Fecha: 09/10/2009

Remolcadores. Dotación Comercial. Cocineros.

Dictámenes

ORD. Nº1704/34

Fecha: 07/05/2007

- Personal Embarcado o Gente de Mar. Alimentación y Alojamiento.- Personal Embarcado o Gente de Mar. Descanso en Puerto. Accidente del Trabajo. Calificación.

Dictámenes

ORD. Nº4147/81

Fecha: 21/09/2006

Personal Embarcado o gente de mar . Equipo o servicio de cámara . Concepto

Dictámenes

ORD. Nº3461/61

Fecha: 03/08/2006

Personal Embarcado o Gente de Mar. Alimentación y Alojamiento.