dictamen 2416/134 de 25.07.2002
Dictamen destacado
ORD. N°583
Materias únicas: reglamento interno de higiene y seguridad
Fecha: 20-abr-2023
Las empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas se encuentran obligadas a mantener un reglamento interno de orden, higiene y seguridad y cuando ocupen diez o más trabajadores permanentes. Del mismo modo, el reglamento interno debe ser único y regular las relaciones con todos los trabajadores de la empresa, aun cuando éstos se desempeñen en distintas fábricas o secciones de la empresa y éstas se encuentren ubicadas en la misma localidad o en lugares diferentes.
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1) Organización Sindical. Delegado Sindical. Elección 2) Organización Sindical. Delegado Sindical. Número 3) Organización Sindical. Delegado Sindical. Procedencia