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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. Nº2967/141

Materias únicas: cambio de faena - personal afecto a instrumento colectivo - personal afecto instrumento colectivo - trabajador portuario
Fecha: 06-ago-2001

Los trabajadores portuarios que se desempeñan para la Em­presa de Ser­vicios Marítimos y Portuarios Hualpén Limitada, afectos al contrato colectivo de trabajo suscrito el 20 de marzo de 2000, con el Sindica­to de Tra­bajadores Marítimo Portuario constituido en ella, no pueden ser trasladados para el desem­peño de sus funciones a otra faena o a otro sector del recinto portuario, diver­sos del que se indi­ca en la cita­ción o nom­brada.

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ORD. Nº189/12

Fecha: 11/01/2001

Negociación Colectiva; Derecho a Negociar; Personal Afecto a Instrumento Colectivo; Extensión de Beneficios; Aporte Sindical; Instrumento Colectivo; Ambito de Aplicación;

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ORD. Nº4969/336

Fecha: 27/11/2000

Negociación Colectiva; Derecho a Negociar; Iniciación de Derecho a Negociar; Personal Afecto a Instrumento Colectivo; Extensión de Beneficios; Aporte Sindical; Procedencia; Instrumento Colectivo; Iniciación de Instrumento Colectivo; Beneficios no Contemplados; Incorporación; Interpretación;

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ORD.: Nº1092/53

Fecha: 03/03/1997

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Ambito de aplicación; Negociación colectiva; Derecho a negociar; Personal afecto a instrumento colectivo;