Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia;
ORD. N°2258
29-dic-2022
1.- La Dirección del Trabajo carece de competencia para asesorar, vía emisión de pronunciamiento jurídico, al empleador en el ejercicio de la facultad de administración y dirección de su empresa. 2.- La cuestión fáctica que origina las consultas planteadas por la empresa, ha sido sometida al conocimiento de los tribunales de justicia, razón por la cual este Servicio debe abstenerse de emitir un pronunciamiento al respecto.
Referencias al Código del Trabajo
Capítulo I De los Juzgados de Letras del Trabajo y de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional
Título Final DE LA FISCALIZACION, DE LAS SANCIONES Y DE LA PRESCRIPCION