dictamen 5547/263, 26.12.2003
Dictamen destacado
ORD. N°618
Materias únicas: Jornada bisemanal de trabajo
Fecha: 18-abr-2022
Los acuerdos celebrados por las partes en cuya virtud se hayan convenido beneficios, sea en dinero o en especie, como contrapartida a la aplicación del sistema de jornada bisemanal regulado en el artículo 39 del Código del Trabajo, no podrán alterarse o suprimirse unilateralmente, considerando lo expuesto en el presente informe.
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Ordinarios
Fecha: 05/12/2019
Jornada de trabajo; Legalidad; Choferes; Transporte Interurbano de pasajeros; Sistema excepcional de duración y distribución de jornada y descansos;
Dictámenes
Fecha: 24/01/1996
Jornada bisemanal; Lugar apartado; Centros urbanos; Concepto; Jornada de trabajo; Sistema excepcional distribución y descanso; Facultades director del trabajo; Contrato individual; Modificaciones Art. 12; Comités paritarios; Representantes trabajadores;