ordinario 2816 de 25.05.2016
Dictamen destacado
ORD.N°415
Materias únicas: Organizaciones sindicales - Interpretación cláusulas del estatuto - Competencia - Dirección del Trabajo
Fecha: 06-jun-2025
La Dirección del Trabajo debe abstenerse de intervenir en el funcionamiento de la organización sindical correspondiendo a los propios dirigentes y socios en virtud del principio de autonomía sindical, determinar el contenido de las disposiciones contenidas en el estatuto o en su defecto, recurrir a los Tribunales de Justicia.
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