ordinario 3488, 05.07.2016
Dictamen destacado
ORD. N°6519
Materias únicas: Contrato individual
Fecha: 26-dic-2018
El empleador no se encuentra facultado para modificar en forma unilateral o por su sola voluntad la cláusula referida a la jornada de trabajo, lo que se extiende a los turnos de trabajo cuando estos han sido fijados en el reglamento interno.
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