dictamen 2226/36, 22.04.2016
Dictamen destacado
ORD. N°2297/52
Materias únicas: descanso compensatorio
Fecha: 29-may-2017
1) Se niega lugar a la reconsideración de Dictamen N°2226/36 de 22.04.2016, sin perjuicio de aclarar y complementar el referido pronunciamiento en los términos del presente informe. 2) Tratándose de trabajadores contratados en régimen de jornada parcial distribuida en menos de cinco días a la semana, solo resulta procedente compensar de forma adicional a su ciclo de trabajo-descanso, aquellos días festivos laborados en la respectiva semana.
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