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Dictamen destacado
ORD Nº1683/28
Materias únicas: inscripción - intermediación o enganchadores agrícolas - registro especial
Fecha: 21-abr-2008
Los contratistas de esquila y los dueños o administradores de comparsas de esquila -cual fuese su denominación- y sean personas naturales o jurídicas, en su condición de intermediarios de trabajadores que tienen el carácter de agrícolas, se encuentran obligados a inscribirse en el Registro especial que llevan las respectivas Inspecciones del Trabajo, conforme al artículo 92 bis del Código del Trabajo.
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Fecha: 25/10/2007
1) Trabajo en régimen de Subcontratación. Sector Agrícola. Aplicabilidad.- Empresa de Servicios Transitorios. Sector Agrícola. Aplicabilidad. 2) - Empresa de Servicios Transitorios. Contrato de puesta a disposición de trabajadores transitorios. Actividades Agrícolas de Temporada. Procedencia. 3) Empresa de Servicios Transitorios. Trabajo Agrícola de temporada. Contrato de puesta a disposición de trabajadores transitorios. Procedencia. Aumentos ocasionales o extraordinarios. 4) Intermediadores o enganchadores agrícolas. Ley Nº20.123. Aplicabilidad.5) Intermediación o enganchadores agrícolas. Inscripción registro especial. - Contratistas y Subcontratistas agrícolas. Inscripción registro especial.
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Fecha: 12/03/2004
1) Contratista. Bases ejecución obras. Exigencia Experto en Prevención de Riesgos. 2) Departamento Prevención de Riesgos. Profesionales. Experto. Inscripción.
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Fecha: 12/06/2002
Colegios Particulares Subvencionados; Corporación Municipal; Concursos; Bases; Inscripción Registros Electorales;
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Fecha: 20/05/1996
Caso fortuito o fuerza mayor; Efectos; Inscripción; Registro administradoras de fondos de pensiones; Cancelación; Efectos;