dictamen 3524/68 de 07.08.2006
Dictamen destacado
ORD.N°369
Materias únicas: Jornada de trabajo - Cláusula tácita - Contrato de trabajo - Modificación unilateral
Fecha: 21-ago-2026
En términos generales, no corresponde la modificación unilateral de las estipulaciones contractuales pactadas ya sea expresa o tácitamente, puesto que el contenido del contrato de trabajo, en las materias que el legislador permite pactar, es modificable únicamente mediante el mutuo acuerdo de las partes.
Documentos relacionados dictamen 3524/68 de 07.08.2006 (5)
Ordinarios
Fecha: 19/11/2024
Reducción de Jornada Laboral; Ley N°21.561; Gerentes, Administradores, Apoderados con facultades de administración, y/o Jefaturas, eximidos de limitación de jornada laboral;
Dictámenes
Fecha: 07/02/2017
Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Personal de salud regido por el Código del Trabajo; Cláusula Tácita; Procedencia; Licencias médicas; Pago de tres primeros días;
Ordinarios
Fecha: 21/08/2026
Contrato de trabajo; Cláusula tácita; Modificación unilateral; Jornada de trabajo;