Se ajusta a derecho la suspensión del pago de la asignación de perfeccionamiento de postgrado, prevista por el inciso final del artículo 42 de la ley 19.378, a las funcionarias clasificadas en las categorías d) y e) del artículo 5° de la citada ley, porque sólo pueden percibir dicho beneficio los profesionales indicados en las letras a) y b) de esta última disposición.