dictamen 4617/52 de 02.12.2013
Dictamen destacado
ORD.N°54
Materias únicas: Feriado Anual - Fraccionamiento - Oportunidad
Fecha: 23-ene-2026
Resulta jurídicamente improcedente que los trabajadores, aun con el acuerdo de su empleador, puedan fraccionar el feriado por bajo el límite impuesto en el artículo 70 inciso 1° del Código del Trabajo, por las razones expuestas en el cuerpo del presente informe.
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Feriado legal; Anticipo; Fraccionamiento; Trabajador con menos de un año de servicios
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Feriado; Fraccionamiento; Oportunidad de otorgamiento del feriado fraccionado; Acumulación de feriado; Períodos completos y fraccionados;