Oportunidad
Dictamen destacado
ORD.N°54
Materias únicas: Feriado Anual - Fraccionamiento - Oportunidad
Fecha: 23-ene-2026
Resulta jurídicamente improcedente que los trabajadores, aun con el acuerdo de su empleador, puedan fraccionar el feriado por bajo el límite impuesto en el artículo 70 inciso 1° del Código del Trabajo, por las razones expuestas en el cuerpo del presente informe.
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Sindicato Interempresa; Delegados sindicales; Elección; Oportunidad;