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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictámenes

Naves mercantes; Transporte lacustre; Jornada; Descanso semanal;

ORD. Nº1621/93

25-mar-1999

Modifica dictamen Nº 1.464-85 de 17.03.99, en el sentido que indica.

naves mercantes, transporte lacustre, jornada, descanso semanal,

ORD.: Nº1.621/093

MAT.: Naves mercantes Transporte lacustre Jornada. Naves mercantes Transporte lacustre Descanso semanal.

RDIC.: Modifica dictamen Nº 1.464-85 de 17.03.99, en el sentido que indica.

ANT.: Necesidades del Servicio.

FECHA: 25/03/1999

DE : DIRECTORA DEL TRABAJO

A : SRA. DIRECTORA REGIONAL DEL TRABAJO

REGION DE AYSEN

Mediante dictamen Nº 1.464-85 de 17.03.99, esta Dirección se pronunció acerca de la aplicabilidad de los artículos 106 y 111, inciso 2º, del Código del Trabajo, a los tripulantes que se desempeñan a bordo de las naves que realizan actividades de transporte lacustre, en el Lago General Carrera, en la Provincia del mismo nombre, de la Región de Aysén.

Ahora bien, en el citado dictamen, hojas 2 y 3, se indica que en materia de descanso el referido personal se rige por lo dispuesto en el artículo 35 del Código del Trabajo, en circunstancias que la norma aplicable es el artículo 38 del mismo cuerpo legal que les otorga un día de descanso compensatorio por las actividades desarrolladas en días domingo y festivos.

Se modifica el dictamen Nº 1.464-85 de 17.03.99, en el sentido indicado precedentemente.

Saluda a Ud.,

MARIA ESTER FERES NAZARALA

ABOGADA

DIRECTORA DEL TRABAJO

ORD. Nº 1621/93
naves mercantes, transporte lacustre, jornada, descanso semanal,

Referencias al Código del Trabajo

Párrafo 1º Del contrato de embarco de los oficiales y tripulantes de las Naves de la Marina Mercante Nacional
Párrafo 1º Del contrato de embarco de los oficiales y tripulantes de las Naves de la Marina Mercante Nacional

Catalogación

naves mercantes, transporte lacustre, jornada, descanso semanal,