Ordinarios
Jornada de trabajo; Trabajadores exceptuados descanso en días domingo y festivos; Trabajos que por su naturaleza no pueden efectuarse, sino en ciertas estaciones del año;
ORD.N°841
30-dic-2025
1) El D.S N°101, de 1918, del Ministerio del Interior, sobre trabajos y establecimientos que quedan exceptuados del descanso dominical se encuentra vigente, de acuerdo con lo señalado en el artículo 3° transitorio del Código del Trabajo. 2) El personal que se desempeña en la planta de descascarado de avellanas de la empresa Frutícola Agrichile S.A. se encuentra exceptuado del descanso dominical y en días festivos en virtud del N°3 del artículo 38 del Código del Trabajo.