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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Certificado Antecedentes país origen; Establecimiento Educacional;

ORD. N°474

22-mar-2022

El administrador de un establecimiento educacional regido por el D.L. N°3.166, de 1980 y el sostenedor de un establecimiento particular subvencionado conforme al D.F.L. N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, se encuentran facultados para exigir un certificado de antecedentes del país de origen a los trabajadores extranjeros previo a su contratación en calidad de docente y asistente de la educación, atendido que la ausencia de antecedentes penales constituye un requisito de idoneidad para efectuar dichas funciones.

certificado antecedentes país origen, establecimiento educacional,
Número del dictamen u ordinario
certificado antecedentes país origen, establecimiento educacional,

Catalogación

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