INFORMACIÓN IMPORTANTE
Con el objetivo de asegurar el correcto desarrollo de las votaciones para elegir al Consejo de la Sociedad Civil de la Dirección del Trabajo, la Comisión Electoral ha decido postergar las fechas de las votaciones para los días jueves 26 y viernes 27 de septiembre.
De esta manera, el período de votación será desde las 09:00 hrs. del jueves 26 hasta las 23:50 hrs. del viernes 27 de septiembre. La información relativa al proceso de votación, fue enviada a los correos informados por las organizaciones acreditadas.
En caso de consultas, favor escribir a participaciónciudadana@dt.gob.cl
Comisión Electoral
Este consejo está diseñado para fortalecer la participación ciudadana en los asuntos públicos, proporcionando un espacio donde diferentes actores sociales puede interactuar con el servicio.
El Consejo está compuesto por 15 Consejeros/as, quienes serán electos mediante sufragio universal, previa inscripción de las organizaciones que desean votar.
Toda organización sin fines de lucro, con personalidad jurídica vigente y que se encuentre relacionado con el quehacer de la Dirección del Trabajo.
De acuerdo con Reglamento del Consejo de la Sociedad Civil de la Dirección del Trabajo, se contará con los siguientes cupos:
No podrán participar del proceso aquellas personas que se encuentren afecta a las siguientes causales de inhabilidad:
Existen dos formas en las que tu organización puede participar en las elecciones del Consejo de la Sociedad Civil:
La inscripción constará de dos etapas, definidas a continuación.
En el caso que quieras inscribir a tu organización para votar la elección, los documentos requeridos, son:
En el supuesto de que quieras presentar a un candidato que represente a tu organización en las elecciones del consejo, además de los documentos anteriores, debes adjuntar:
Dentro de los 10 días siguientes de finalizado el plazo de inscripción de las organizaciones y de los/las candidatos/as, la Comisión Electoral publicará en la página web de la Dirección del Trabajo:
Las votaciones se realizarán en la fecha publicada por la Comisión Electoral y en un plazo de 2 días.
Cada organización acreditada podrá votar por un máximo de 2 candidatos/as dentro de su respectiva categoría.
La Comisión Electoral deberá, dentro del día hábil siguiente de finalizada la votación, escrutar los votos y elaborar el acta. Dicha acta, con los resultados, será publicada en la página web de la Dirección del Trabajo.
En un plazo no mayor a 5 días posteriores al levantamiento del acta, la Dirección del Trabajo publicará en su página web la nómina con las personas electas como titulares en cada categoría y las convocará a la primera sesión del Consejo de la Sociedad Civil, la que corresponderá a la sesión de constitución.
La Dirección del Trabajo ha emitido las siguientes Resoluciones Exentas relacionadas con el Consejo de la Sociedad Civil.