ordinario n°320, 16.01.2020
Dictamen destacado
ORD.N°234
Materias únicas: Alcances - Ley N°21.530 - Descanso reparatorio - Trabajadores de la Salud
Fecha: 17-abr-2024
Corresponde a la empresa otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 a los trabajadores y trabajadoras de su dependencia, en la medida que el lugar donde se desempeñaron tales funciones corresponda a establecimientos dedicados al combate de la pandemia por COVID-19 en los términos señalados en el artículo 1° de la Ley N°21.530 y siempre que se cumpla con los requisitos exigidos por la ley, de acuerdo a lo descrito en el cuerpo del presente informe.
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Ordinarios
Fecha: 17/04/2024
Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Alcances;