ordinario n°174,11.03.2024
Dictamen destacado
ORD.N°174
Materias únicas: Bono compensatorio - Protección a la maternidad - Monto - Sala cuna
Fecha: 11-mar-2024
El monto del bono compensatorio de sala cuna pactado entre las partes debe ser equivalente a los gastos que irrogaría al empleador el otorgamiento del beneficio de sala cuna en la medida que sea apropiado para permitir la atención y cuidado del menor.
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Ordinarios
Fecha: 11/03/2024
Protección a la maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Monto;