ordinario 649, 28.04.2023
Dictamen destacado
ORD. N°646
Materias únicas: Trabajadores de la Salud, descanso reparatorio
Fecha: 01-oct-2024
Solo resulta procedente el otorgamiento del descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 respecto del personal que se desempeñó en un laboratorio en la medida que se cumplan todos los requisitos exigidos por esta normativa, dentro de los cuales se encuentra el que el respectivo establecimiento haya tenido una participación efectiva en el combate del COVID-19, en los términos expuestos en el presente oficio.
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Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Procedencia;
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Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Procedencia; Laboratorio;
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Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Procedencia; Laboratorio;
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Fecha: 29/04/2024
Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Procedencia; Laboratorio;
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Fecha: 28/04/2023
Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19;