Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Dictamen destacado

ORD. N°843

Materias únicas: Establecimiento Educacional Particular Pagado
Fecha: 06-dic-2024

1. Esta Dirección ya se ha pronunciado sobre la materia consultada, en el Dictamen N°6.069/144 de 15.12.2017. 2. Esta Dirección carece de competencia para pronunciarse sobre la validez o nulidad de las cláusulas del contrato colectivo y anexo de contrato individual de trabajo, referidas a las labores de vigilancia por los que consulta, materia cuyo conocimiento y resolución corresponde exclusivamente a los Tribunales de Justicia. 3. No resulta legalmente procedente exigir a los docentes de aula, que prestan servicios en los colegios particulares pagados, el cuidado de la disciplina de los alumnos en los patios y en los comedores, durante sus recreos. 4. El período destinado a recreos es imputable a la jornada de trabajo de los docentes.

Documentos relacionados ordinario 233, 21.01.2021 (2)

Ordinarios

ORD. N°39

Fecha: 10/01/2022

Competencia Dirección del Trabajo; Contrato de Trabajo; Validez y nulidad;

Ordinarios

ORD. N°233

Fecha: 21/01/2021

Contrato de Trabajo; Validez y nulidad;