ordinario 4984, 21.10.2019
Dictamen destacado
ORD. Nº1537
Materias únicas: docente
Fecha: 30-abr-2020
Los docentes que hayan ejercido el derecho de opción establecido en el artículo quinto transitorio de la ley N°20.903, mantendrán la última remuneración mensual devengada correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquel en que los profesionales de la educación del establecimiento educacional en que se desempeñan pasen a regirse por el sistema de desarrollo profesional docente. Además, continuarán percibiendo la asignación de experiencia de acuerdo a los porcentajes establecidos en el texto del artículo 48 del Estatuto Docente, sin las modificaciones incorporadas por el artículo 1º numeral 31, de la ley N°20.903.
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Ordinarios
Fecha: 21/10/2019
Estatuto Docente; Ley N°20.903; Sistema de Desarrollo Profesional Docente; Docentes excluidos del Sistema; Asignación por desempeño en condiciones difíciles; Última remuneración mensual devengada;