Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Dictamen destacado

ORD.N°714

Materias únicas: Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad - Facultad disciplinaria - Descuento de remuneraciones - Principios Non Bis in Idem
Fecha: 23-oct-2025

El empleador se encuentra obligado a cumplir el principio non bis in idem al imponer las sanciones a sus trabajadores por infracción a las obligaciones que señala el reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad -las que sólo podrán consistir en amonestación verbal o escrita y multa de hasta el veinticinco por ciento de la remuneración diaria-, por lo que no resulta ajustado a derecho considerar, como parte de la acción o medida sancionatoria por incurrir el trabajador en atraso o inasistencia injustificada, el no pago por el tiempo trabajado, que constituye una consecuencia del incumplimiento de la obligación de prestar servicios durante la jornada convenida, que habilita para realizar el respectivo descuento de remuneraciones.

Documentos relacionados Descuento de remuneraciones (4)

Ordinarios

ORD. N°5657

Fecha: 05/12/2019

Descuento de remuneraciones; Paralización de actividades; Corporación Municipal;

Ordinarios

ORD. N°3595

Fecha: 18/07/2019

Descuento de remuneraciones; Licencias médicas rechazadas; Trabajadores municipales; Asociación de Funcionarios;

Ordinarios

ORD. N°2221

Fecha: 28/07/2020

Descuento de remuneraciones; Apelación licencias médicas rechazadas;

Ordinarios

ORD. N°1875

Fecha: 10/06/2020

Descuento de remuneraciones; Inasistencia y/o atrasos;