ordinario 2366, 23.05.2018
Dictamen destacado
ORD. N°4194
Materias únicas: derecho de alimentación
Fecha: 02-sep-2019
El pago del valor de los pasajes se refiere únicamente al transporte desde el establecimiento laboral a la sala cuna y viceversa; y dictamen N°27862, de 17.06.08, que señala expresamente que los beneficios de pago de pasajes y de ampliación del lapso de tiempo no favorece a todas las madres trabajadoras, sino que sólo a aquellas dependientes de entidades obligadas a tener sala cuna.
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