dictamen 3958/156, 15.07.1996
Dictamen destacado
ORD.: Nº4879/212
Materias únicas: competencia - dirección del trabajo - extensión de beneficios - facultades del empleador - negociación colectiva - practicas desleales - prácticas desleales - practicas desleales competencia
Fecha: 29-ago-1996
1) El empleador puede extender a los trabajadores no afectos a alguno de los instrumentos colectivos vigentes en la empresa, las estipulaciones de cualquiera de ellos. 2) El conocimiento y resolución de las infracciones por prácticas desleales o antisindicales corresponde a los Juzgados de Letras del Trabajo.
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Dictámenes
Fecha: 15/07/1996
Negociación Colectiva; Extensión de Beneficios; Instrumento Colectivo; Practica Antisindical o desleal; Juzgados de Letras del Trabajo;