dictamen 3794/233, 30.07.1993
Dictamen destacado
ORD.: Nº289/16
Materias únicas: Renuncia voluntaria - Legalidad de cláusula - Contrato individual - 17 de septiembre
Fecha: 11-ene-1996
No se ajusta a derecho una estipulación que establece indemnización por la falta de aviso en la renuncia voluntaria del trabajador, en los términos previstos por el artículo 159 Nº 2 del Código del Trabajo.
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Contrato individual; Legalidad de cláusulas; Obligaciones del empleador; naturaleza de los servicios; Lugar de prestación de los servicios; Remuneraciones; libertad de contratación; Remuneraciones; Descuentos; Remuneración voluntaria;