dictamen 1073/29, 31.01.1991
Dictamen destacado
ORD. Nº478/32
Materias únicas: descuentos - inasistencia - remuneración - remuneración descuentos insistencia trabajadores remunerados por mes - trabajador remunerado por mes
Fecha: 25-ene-1999
Las inasistencias al trabajo en que incurran dependientes afectos a remuneración mensual y que han pactado distribuir su jornada de trabajo de lunes a viernes no facultan al empleador para descontar la remuneración correspondiente a los días sábado y domingo, procediendo, en tal caso, sólo la deducción del tiempo no laborado entre lunes y viernes.
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Remuneraciones; Días no laborados; Accidente del trabajo;
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Negociación colectiva Instrumento colectivo Beneficios no contemplados.Organizaciones sindicales Cuota sindical Descuentos Procedencia.Terminación de contrato individual Gastos de traslado Procedencia.Finiquito Oportunidad.Terminación de contrato individual Efectos.Organizaciones sindicales Delegado sindical Procedencia.Indemnización legal por años de servicio Base de cálculo Remuneración variable Subsidio.Feriado Remuneración variable Subsidio.Reglamento interno de higiene y seguridad Ambito de aplicación.Descanso compensatorio laborado Remuneración.