dictamen 1077/22, 15.02.1990
Dictamen destacado
ORD. Nº5424/250
Materias únicas: feriado - remuneración desfasada - remuneraciones desfasadas - remuneración integra - remuneración íntegra
Fecha: 25-ago-1995
El feriado de los supervisores de Ventas de A.F.P. Planvital S.A., que perciben un sueldo mensual y otras remuneraciones variables, debe ser remunerado en base a la suma de aquel y el promedio de éstas, sin perjuicio del pago de aquellas comisiones, bonos y premios diferidos que no se han considerado para el cálculo del aludido promedio.
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Dictámenes
Fecha: 15/02/1990
Remuneración mensual; Remuneración Variable; Comisión; Base de Cálculo; Feriado; Promedio de los últimos 3 meses trabajados;