remuneración íntegra
Dictamen destacado
ORD. Nº3740/35
Materias únicas: feriado - remuneración íntegra - semana corrida
Fecha: 27-ago-2012
A contar del 08-08-2012, fecha de la entrada en vigencia de la Ley N°20.613, la remuneración íntegra que debe pagarse a los trabajadores durante el feriado debe incluir lo percibido por concepto de semana corrida, en los términos establecidos en el inciso primero del artículo 45 del Código del Trabajo.
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