dictamen 823/26, 17.02.2017
Dictamen destacado
ORD. N°1533
Materias únicas: género - Identidad de Género
Fecha: 04-sep-2022
1) No se advierte impedimento para que una persona transgénero que aún no ha realizado el cambio registral de su nombre o no desea realizarlo, así como las personas no binarias, utilicen su nombre social en sus contratos de trabajo y otra documentación laboral, respetando su identidad de género, debiendo verificarse que se permita su adecuada individualización en estos instrumentos. 2) Esta Dirección no cuenta con facultades para disponer la forma concreta y específica en que debe materializarse la entrega de uniformes o vestimentas de trabajo, por corresponder a una medida de administración interna que compete al propio empleador, sin perjuicio de sus facultades de fiscalización y denuncia ante los Tribunales de Justicia en el evento que no se dé adecuado cumplimiento al ordenamiento jurídico y especialmente al respecto de la identidad de género de los trabajadores.
Documentos relacionados dictamen 823/26, 17.02.2017 (4)
Ordinarios
Fecha: 26/01/2022
Protección a la Maternidad; Trabajador Transgénero masculino embarazado; Género;
Ordinarios
Fecha: 26/01/2022
Protección a la Maternidad; Trabajador Transgénero masculino embarazado; Género;
Dictámenes
Fecha: 05/09/2017
Ley N°21.015; Inclusión laboral; Personas con discapacidad; Cuota de empleo; Porcentaje de contratación; Cumplimiento alternativo de la cuota laboral; Donaciones; Reglamento interno; “Ajustes necesarios”; “Servicios de apoyo”; Pactos sobre condiciones especiales de trabajo;
Dictámenes
Fecha: 17/02/2017
Derechos fundamentales; Idenidad de género; Uso de servicios higiénicos; Empleador; Facultad de administración; Reglamento Interno; Género;