ordinario 1336, 08.03.2016
Dictamen destacado
ORD. N°1394
Materias únicas: Documentación laboral electrónica
Fecha: 08-abr-2020
No existe inconveniente para que los empleadores utilicen sistemas de generación, firma, administración y envío por medios electrónicos de la documentación que emana de las relaciones laborales, en la medida que tales soluciones den cumplimiento íntegro a las reglas señaladas en el cuerpo del presente informe.
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