1) Los funcionarios que se desempeñan para entidades administradoras de atención primaria de salud municipal, pueden ser designados en comisión de servicios por un período máximo de tres meses.
2) Los funcionarios regidos por la ley 19.378 tienen derecho a percibir una asignación de zona con el aumento del 40% que dispone la ley 19.354, de 1994.
3) El mismo personal tiene derecho a percibir la asignación compensatoria de la ley 19.200.
4) Siguen vigentes los permisos y feriado pactados por el mismo personal, con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 19.378.