No procedería mantención de pago de remuneración durante seis meses, sin obligación de trabajar, una vez declarada invalidez absoluta de trabajadora que se traspasó del Servicio Nacional de Obras Sanitarias a la Empresa de Servicios Sanitarios de Antofagasta S.A. Essan S.A., de acuerdo a la ley 18.885, si no le resultaría aplicable el Estatuto Administrativo, que establece dicho beneficio, previsto además para una expiración de funciones distinta, por declaración de salud irrecuperable.