trabajador de servicios transitorios
Dictamen destacado
ORD. N°4968
Materias únicas: causales de celebración - contrato de puesta a disposición - procedencia - trabajador de servicios transitorios
Fecha: 11-dic-2014
a) La celebración de un contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios transitorios, exige la concurrencia de circunstancias específicamente descritas por el legislador, y hasta por el plazo contemplado respecto a cada cual. b) La circunstancia contemplada en el artículo 183-Ñ letra e) del Código del Trabajo, no resulta jurídicamente procedente sea invocada para realizar el traspaso de información, inducción u otra forma de preparación al trabajador que posteriormente efectuará el reemplazo de un trabajador de la empresa usuaria en virtud de la causal contemplada en la letra a) del mismo artículo.
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Fecha: 27/02/2009
1) Empresa de Servicios transitorios. Contrato de puesta a disposición de trabajadores transitorios. Procedencia. 2) Empresa de Servicios transitorios. Trabajadores Transitorios. Capacitación. 3) Empresa de Servicios transitorios. Empresa usuaria. Convenio de Práctica Profesional. Procedencia.4) Empresa de Servicios transitorios. Trabajadores Transitorios. Capacitación.
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1) Trabajo en régimen de Subcontratación. Sector Agrícola. Aplicabilidad.- Empresa de Servicios Transitorios. Sector Agrícola. Aplicabilidad. 2) - Empresa de Servicios Transitorios. Contrato de puesta a disposición de trabajadores transitorios. Actividades Agrícolas de Temporada. Procedencia. 3) Empresa de Servicios Transitorios. Trabajo Agrícola de temporada. Contrato de puesta a disposición de trabajadores transitorios. Procedencia. Aumentos ocasionales o extraordinarios. 4) Intermediadores o enganchadores agrícolas. Ley Nº20.123. Aplicabilidad.5) Intermediación o enganchadores agrícolas. Inscripción registro especial. - Contratistas y Subcontratistas agrícolas. Inscripción registro especial.