causales de celebración
Dictamen destacado
ORD. N°4968
Materias únicas: causales de celebración - contrato de puesta a disposición - procedencia - trabajador de servicios transitorios
Fecha: 11-dic-2014
a) La celebración de un contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios transitorios, exige la concurrencia de circunstancias específicamente descritas por el legislador, y hasta por el plazo contemplado respecto a cada cual. b) La circunstancia contemplada en el artículo 183-Ñ letra e) del Código del Trabajo, no resulta jurídicamente procedente sea invocada para realizar el traspaso de información, inducción u otra forma de preparación al trabajador que posteriormente efectuará el reemplazo de un trabajador de la empresa usuaria en virtud de la causal contemplada en la letra a) del mismo artículo.
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Contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios transitorios; Causales de celebración; Procedencia;