Se ha solicitado a este Servicio, por presentación de antecedente, un pronunciamiento acerca de la legalidad de que un mismo trabajador transitorio sea cedido por una empresa de servicios transitorios a una empresa usuaria de modo sucesivo para reemplazar a varios trabajadores de esta última, en razón de la causal prevista en la letra a) del artículo 183-Ñ del Código del Trabajo.