mérito ejecutivo
Dictamen destacado
ORD. Nº 1201/40
Materias únicas: acta de acuerdo - inspección del trabajo - mérito ejecutivo
Fecha: 28-mar-2005
A la luz de lo dispuesto por el artículo 462 del Código del Trabajo, goza de mérito ejecutivo el acta final o su copia certificada por la respectiva Inspección, que da cuenta del acuerdo alcanzado entre las partes respecto de una determinada obligación laboral, firmada por éstas o sus representantes y autorizada por un inspector del trabajo.
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Fecha: 19/04/2002
Dirección del Trabajo; Actas de Comparecencia; Mérito ejecutivo;