dictamen 3773/84 de 14.07.2007
Dictamen destacado
ORD. N°3260
Materias únicas: sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descanso
Fecha: 17-jul-2017
Atiende solicitud de pronunciamiento, acerca de la procedencia de otorgar los feriados irrenunciables a los trabajadores que prestan servicios en turnos rotativos las 24 horas del día, tanto en jornadas de distribuidas de lunes a viernes, de lunes a sábado y una jornada establecida por medio de una resolución que autoriza un sistema excepcional de distribución de jornadas y descansos, estableciendo un ciclo de cuatro días de trabajo por cuatro días de descanso.
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Feriados obligatorios. 01º de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1º de enero. Descanso semanal. Duración.Feriados obligatorios. 01º de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1º de enero. Dependientes del comercio. Personal excluido.