dictamen 3095/157 de 19.05.1995
Dictamen destacado
ORD.: Nº3095/157
Materias únicas: estatuto docente - instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva - reajustabilidad - remuneración minima - remuneración mínima
Fecha: 19-may-1995
Niega lugar a la reconsideración de la instrucción contenida en el punto Nº 23), del Oficio Nº 94-0501, de fecha 28.12.94, impartidas por el fiscalizador, Sr. Manuel Hernán Naranjo Arenas, en que se ordena a la Empresa Sociedad Mardones Gómez e Hijos Ltda., cumplir instrumento colectivo de fecha 07.06.94, cláusula segunda, accediéndose por el contrario a la solicitud de reconsideración, en lo relativo a la instrucción contenida en igual punto, referente al cumplimiento de la cláusula primera, por diferencia del mes de diciembre de 1994.
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Dictámenes
Fecha: 19/05/1995
Estatuto docente Remuneración mínima Reajustabilidad.Negociación colectiva Instrumento colectivo Interpretación.