1) Procede que la empresa Algas Marinas S.A. entregue a los trabajadores afectos al contrato colectivo suscrito con el Sindicato de Trabajadores Nº 1, en cumplimiento de la cláusula 6.1, zapatos con punta de acero, en reemplazo de los estipulados en dicha cláusula, y 2) De efectuar el empleador cambios en las funciones de los trabajadores con rebaja de bonos, corresponde que los mismos deduzcan reclamación en los términos del artículo 12 del Código del Trabajo