dictamen 1729/98 de 30.03.1999
Dictamen destacado
ORD. Nº 5865/143
Materias únicas: beneficio - beneficios - ex socios - organizaciones sindicales - organización sindical - procedencia
Fecha: 28-dic-2005
No existe inconveniente jurídico para que un sindi- cato acuerde otorgar determinados beneficios a quienes, al momento de la entrega de los mismos, no tengan ya la calidad de socios de la organiza- ción, siempre que dicha actividad se encuentre contemplada en sus estatutos. Reconsidera la doctrina contenida en el punto 2) del Ordinario Nº 1729/098, de 30.03.99 y toda otra que resulte incompatible con la sustentada en el presente dictamen.
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Dictámenes
Fecha: 30/03/1999
Organizaciones sindicales; Asamblea; Acuerdo legalidad; Socios; Beneficios;