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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictamen destacado

ORD. Nº1437/73

Materias únicas: descuentos - estatuto docente - horas extraordinarias - inasistencia - personal docente - procedencia - recuperación de clases - recuperación de clases horas extraordinarias - remuneración - remuneraciones descuentos
Fecha: 17-mar-1999

1) No resulta jurídicamente procedente descontar remuneración por los días sabados y festivos comprendido dentro del período de la dentro del personal docente, respecto de aquellos profesionales de la educación afectos a un sistema de remuneración mensual y a una jornada de trabajo distribuida de lunes a viernes. 2) La recuperación de horas no laboradas como consecuencia de dicha paralización , en días sabados no comprendidos dentro de la distribuación de trabajo del referido personal, le da derecho a percibir sobresueldo por tales horas.

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