dictamen 5178/198 de 13.12.2004
Dictamen destacado
ORD. Nº 2819/74
Materias únicas: agentes de ventas - comisión - comisiones - remuneración - remuneraciones - rentas vitalicias previsionales
Fecha: 30-jun-2005
No procede acoger solicitud de reconsideración de dictamen Ord. Nº 5178/198, de 13.12.2004, que precisa que el artículo 61 bis del D.L. 3.500, de 1980,introducido por ley 19.934, que fija una comisión máxima a la intermediación o venta de rentas vitalicias previsionales, rige los contratos de trabajo de los trabajadores de las compañías de seguro de vida aún cuando hayan sido celebrados con anterioridad a la vigencia de la ley.
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